1 - Información y Solicitud
-
Consulta
previa:
Memoria valorada de la inversión y plan de viabilidad.
-
Solicitud:
Los posibles beneficiarios de las ayudas deben presentar en la
Oficina de Gestión el impreso de solicitud según modelo oficial,
acompañado de la documentación exigida.
El plazo de solicitud de las ayudas finaliza el 1 de Noviembre
de 2007, salvo que se modifique el plazo por la administración
competente.
2
- Comprobación de No Inicio de Inversión
Se
levantará acta de no inicio de la inversión objeto de ayuda.
3
- Estudio de Solicitudes, Elaboración de Informes
Se
procederá a la evaluación del proyecto teniendo en cuenta los
siguientes criterios:
-
Criterios
generales de naturaleza socioeconómica adaptados a las
recomendaciones establecidas en el Régimen de Ayudas del
Programa PRODERCAL y al Real Decreto por el que se regula el
Leader Plus y los programas PRODER.
-
Implicación
del proyecto en el Desarrollo de la Zona.
-
Viabilidad
empresarial.
-
Incidencia
sobre el empleo.
-
Carácter
innovador.
-
Grado de
impacto ambiental.
-
Criterios
específicos que valorarán los proyectos en función de las
características de la medida del programa a la que se adecue.
En
base a la puntuación obtenida tras la aplicación de los criterios
correspondientes, y siempre que se supere el mínimo establecido, se
procederá al cálculo del porcentaje de subvención que recibirá el
proyecto, teniendo en cuenta que aquellos proyectos que obtengan la
puntuación máxima serán subvencionables en un 50% en caso de
actividades productivas y en un 100% en el caso de los no
productivos.
La
Gerencia propondrá al Órgano de Decisión la resolución de la
concesión de la Ayuda solicitada de acuerdo con el informe técnico
anterior.
4
- Resolución
El
Órgano de Decisión se pronunciará sobre la propuesta de resolución,
denegando o concediendo la ayuda y determinando su cuantía.
En
todo caso la Comunidad Autónoma deberá elevar informe técnico de
subvencionalidad.
5
- Comunicación al Beneficiario
Se comunicará al beneficiario la resolución. Deberá aceptarla en
el plazo de 15 días desde la recepción de la notificación.
6
- Firma del Contrato de Ayuda con el Beneficiario
7
- Ejecución del gasto y Justificación
A
partir de la firma del contrato de ayuda, el beneficiario dispondrá
de tres meses para el inicio de las inversiones y 18 para la
ejecución del gasto o mejora.
-
Comunicación
Fin de Inversión: Efectuadas las inversiones y los
gastos de la mejora o actividad subvencionada, el beneficiario
comunicará su terminación a la gerencia del Grupo.
-
Justificación: El beneficiario deberá justificar la
ejecución de la inversión y el gasto de acuerdo a lo establecido
en el correspondiente contrato de ayuda.
8
- Certificación
La
Gerencia del Grupo, con el apoyo de sus técnicos y Responsable
Económico, Administrativo y Financiero (REAF) verificará, tanto
material como documentalmente, la realización de la mejora o
actividad y la efectividad del gasto de concesión de la ayuda; ésta
se verificará aplicando el porcentaje de subvención concedida a la
inversión, ello sin perjuicio de la anulación de lexpediente si no
se han cumplido la finalidad u objetivo aprobado en la concesión.
Cuando no se justificase la totalidad de la inversión o gasto
aprobado en la resolución de concesión de la ayuda, ésta se
certificará aplicando el porcentaje de subvención concedida a la
inversión; ello sin perjuicio de la anulación del expediente si no
se han cumplido la finalidad u objetivo aprobado en la concesión.
9
- Pago de las Ayudas
Una
vez verificados los requisitos anteriores por la gerencia y R.E.A.F.,
éste autorizará, conjuntamente con el tesorero, o persona que se
designe por el Grupo de Acción Local, y el presidente del G.A.L., el
libramiento de la subvención correspondiente.
El
pago de las ayudas se realizará mediante subvención directa a través
de transferencia bancaria, exigiendo a los beneficiarios compromiso
escrito de devolución en caso de incumplimiento de sus obligaciones.
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